Este nuevo año 2013 trae consigo algunas novedades en torno al mercado inmobiliario que conviene tener en cuenta. A la desaparición de la desgravación por compra de vivienda o la subida del IVA -del 4% al 10%- en inmuebles de primera transmisión, se suma la obligatoriedad para todos los inmuebles construidos antes de 2007 destinadas a la venta o al alquiler de contar con un certificado de eficiencia energética.
Se trata de un documento que debe describir lo eficaz que es una vivienda en cuanto al consumo de energía. Un certificado que podría compararse con la etiqueta de los electrodomésticos y que nos puede ayudar a conocer su gasto eléctrico o de agua, nivel de ruido…
De la misma manera que este etiquetado marca en muchas ocasiones las decisiones de compra respecto a un electrodoméstico u otro, el certificado energético para los inmuebles también puede jugar un papel importante en la decisión del potencial comprador o inquilino de la vivienda. No obstante, no será obligatorio tener una calificación mínima para poder vender o alquiler el inmueble.
La etiqueta deberá estar incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio. De hecho, en algunos portales inmobiliarios como idealista.com requieren ya este tipo de información a los anunciantes de viviendas.
Esta etiqueta clasificará cada inmueble con un código de color, según su consumo energético. Será similar a la que ya llevan los electrodomésticos, que desde la calificación de la A a la G nos indica el consumo de energía de la vivienda, que luego se traducirá en la facturas, siendo A la más alta calificación (mayor ahorro) y G la más baja (mayor gasto).
Un ahorro energético de hasta el 70%
Se estima que entre dos viviendas de las mismas dimensiones, el ahorro energético entre una calificación A y una calificación G puede ser del 70%. O sea que el propietario o inquilino de una vivienda con calificación A paga en energía un 70% menos que el propietario de una vivienda de calificación G para conseguir los niveles de confortabilidad normales.
Entre los condicionantes que determinarán la calificación de una vivienda se encuentran los materiales de la fachada y su orientación, la envolvente de la vivienda (techo, paredes y suelo), la calidad de la ventanas y persianas, el tipo de calefacción y su combustible, y la clase de electrodomésticos que contenga.
La exigencia de este documento viene de Europa y quedará plasmada en España a través de un Real Decreto, que se esperaba entrara en vigor a partir del 1 de enero de 2013, pero que se está demorando, siendo previsible aprobación definitiva en junio de este año 2013, ya que el proyecto del Real Decreto para la certificación energética de edificios existentes, se presentó en el consejo de estado el pasado 31 de enero. En el resto de Europa, donde ya ha entrado en vigor la normativa, tanto en los escaparates de las agencias inmobiliarias como en los portales de Internet, aparecen ya las etiquetas energéticas como una característica más de la vivienda o local junto con el precio, la superficie o los metros cuadrados.
Hasta ahora, tal y como explica la OCU, en España únicamente se exigía un documento semejante para los edificios de nueva construcción o grandes rehabilitaciones, pero la UE obliga ahora a que cuente con este certificado toda vivienda que salga al mercado ya sea en venta o alquiler.
El certificado de eficiencia energética tendrá una validez de diez años y su coste correrá a cargo el propietario del inmueble –vendedor o arrendatario- y será su responsabilidad renovarlo. Todavía no existen cifras sobre su coste en España aunque podemos hacernos una idea respecto a los precios que se manejan en algunos países europeos. En Italia ronda los 250 euros y en Alemania, los 500 euros para un piso medio de 100 metros cuadrados.
Además del estudio para obtener el certificado, cada vivienda analizada recibirá una serie de recomendaciones de mejora que permitirán aumentar al menos un nivel en la escala de eficiencia energética si la calificación es B o C, o dos cuando la vivienda originalmente cuenta con una calificación D, E, F o G. Los elementos habituales que se podrían reformar para mejorar la calificación serían la caldera, las ventanas, la iluminación o el aislamiento.
Dicho certificado podrá ser emitido por quienes ostenten la titulación habilitante para ello, siendo estas las de arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos.